Derechos y deberes del paciente
Derechos y deberes del paciente
- Recibir una atención cálida y humanizada sin restricciones de raza, sexo, edad, religión o de cualquier otra índole, origen social, posición económica, entre otros, teniendo en cuenta la igualdad.
- Recibir un trato digno y respetuoso por todo el personal de la IPS a sus creencias y costumbres así como a las opiniones personales que tenga sobre su enfermedad.
- Recibir información sobre su enfermedad, los tratamientos a realizar, (aceptados estos a través del consentimiento informado) de manera fácil y sencilla por parte del personal de la IPS, en el momento de la atención, en forma personalizada, a través de folletos, talleres educativos, videos y otras formas pedagógicas que estén al alcance.
- Aceptar o rechazar los procedimientos sugeridos por el personal de la IPS. En caso de manifestar el rechazo al procedimiento, tiene derecho a conocer las complicaciones que se pueden presentar con la omisión del mismo. A la vez debe expresar su voluntad en forma escrita con firma y documento de identidad, advirtiendo claramente que le fueron dadas todas las explicaciones referentes al caso.
- Tener una segunda opinión médica si no está de acuerdo con el diagnóstico o tratamiento propuesto.
- Que se respete la voluntad de participar o no en investigaciones.
- Ser informados sobre los cuidados que se deben tener en el hogar después de haber sido hospitalizado o después de salir de un procedimiento quirúrgico
- Reclamar con respeto y a presentar sugerencias cuando el servicio no haya sido adecuado según su opinión.
- Recibir del equipo interdisciplinario de la IPS, educación sobre temas de prevención, rehabilitación y cuidados específicos que le ayuden a mejorar la calidad de vida del paciente y del cuidador primario.
- Participar activamente en las diversas actividades programadas por la IPS.
- Que se respete su intimidad, a la confidencialidad de la información relacionada con su salud y a limitar la grabación y difusión de registros y de otros datos relevantes para la salvaguarda de la intimidad personal y familiar. El derecho a la confidencialidad está limitado cuando existe un deber legal de comunicación o denuncia y se entiende que no es vulnerado cuando la persona consciente y voluntariamente permite la presencia de un o una intérprete o acompañante de confianza.
- Recibir el tratamiento, equipo, insumos y medicamentos necesarios para la atención de salud domiciliaria, según autorización del asegurador.
- Morir dignamente y que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.
- Propender por su cuidado personal, adoptando y siguiendo las indicaciones de los diversos profesionales que le realizan atención.
- Abstenerse de manipular medicamentos, insumos, materiales, equipos e instrumentos utilizados por los profesionales, tecnólogos y/o auxiliares de enfermería.
- No desvincularse del cuidado y atenciones al paciente en caso de tener el servicio de auxiliar de enfermería.
- Designar un cuidador primario con capacidad para el cuidado del paciente, capacidad para tomar decisiones frente a los tratamientos y estado de salud del paciente
- Brindar un trato respetuoso y amable a los profesionales y trabajadores de la salud que están a cargo del paciente.
- Cumplir con las recomendaciones y medidas establecidas en el plan de tratamiento creado para el paciente, los cuales deben tenerse en cuenta para el mejoramiento y mantenimiento de su salud.
- Estar presentes en la visita a realizar por los profesionales de la IPS, la cual es informada con un día de anterioridad.
- Algunas de las visitas no son concertadas, por tanto se debe atender a los profesionales que se dirijan al domicilio del paciente, así no se haya dado previo aviso.
- Recibir la visita de los profesionales y trabajadores de la salud que asisten a brindar el tratamiento domiciliario, los cuales deben ir identificados con la escarapela y portando el uniforme institucional
- Respetar la intimidad de los demás pacientes y no hablar de sus diagnósticos ni situaciones familiares
- Expresar por escrito su voluntad al no aceptar algún tratamiento o procedimiento.
- Cumplir con las órdenes médicas en lo referente a medicamentos, actividad física, cuidados en casa y alimentos.
- Cuidar y hacer uso racional de los insumos, equipos y dotación suministrada por la IPS.
- Asumir las consecuencias de realizar cualquier acto que no haya sido indicado o que pueda resultar perjudicial para su salud, así como también cuando rehúsa al tratamiento sugerido por el médico tratante.
- nformar oportunamente al personal de atención en casa especializada, cambios en el estado clínico del paciente, cambios de lugar de residencia o cualquier novedad